«Derecho al olvido» por Joaquín Muñoz de Abanlex #EBE14

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Cuando nos ponemos en contacto con un cliente nuevo o este se pone en contacto con nosotros, normalmente lo primero que hacemos es introducir su nombre en Google y ver que información aparece. Esta información nos sirve para crearnos una primera idea acerca de la misma.

Si por ejemplo buscamos “alberto sanjuan calentón” nos aparecerán unas fotos suyas en la playa, que Alberto seguro que no quiere que aparezcan en primeras posiciones en el buscador.

Joaquín Muñoz de Abanlex comienza su charla explicando cual es el origen de la sentencia de la ley del olvido europea.

El derecho al olvido se puso en marcho porque un cliente de Mario Costeja descubrió una información en Internet de hace muchos años que se había publicado en el periódico La Vanguardia, se lo comunicó y éste se puso en contacto con Abanlex Abogados para que eliminaran ese contenido.

Esto fue lo que inició el proceso que finalizó con la sentencia del TJUE de 13 de mayo de 2014. Sentencia aplicable en Europa y que por ejemplo no se aplica en la versión estadounidense de Google (google.com).

Hoy en día tenemos un formulario en el buscador que permite pedir la no indexación de enlaces tras la sentencia.

OJO: Este formulario solo aplica a personas físicas (vivas), no aplica a empresas (ni a empresarios públicos).

Para implementar esta decisión, Google evaluará cada solicitud de forma individual e intentará buscar un equilibrio entre los derechos de privacidad de los usuarios y el derecho del público a conocer y distribuir información. Al evaluar tu solicitud, Google examinará si los resultados incluyen información obsoleta sobre ti, así como si existe interés público por esa información (por ejemplo, información sobre estafas financieras, negligencia profesional, condenas penales o comportamiento público de funcionarios del gobierno).

Muy interesante la exposición de Joaquín.

Créditos imágenes: Shutterstock

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